Hacienda tiene que estar al tanto de los datos de los contribuyentes, y entre estos datos se incluye nuestro domicilio fiscal, a donde nos llegará cualquier tipo de notificación de la Agencia Tributaria.
Por eso es tan importante que este domicilio fiscal esté actualizado y que comuniquemos cualquier modificación en el mismo ya que, de lo contrario, podemos enfrentarnos a sanciones económicas bastante considerables.
Esto es todo lo que tienes que saber acerca del domicilio fiscal.
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El domicilio fiscal se define como «el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración Tributaria». O lo que es lo mismo, se trata de la dirección en la cual cualquier persona obligada a tributar recibe las correspondientes notificaciones por parte de la administración.
Este domicilio fiscal es el que aparecerá también en las facturas expedidas y recibidas por parte de la empresa, así como en las nóminas de los trabajadores.
En el caso de las personas físicas, nuestro domicilio fiscal sería el mismo que el de nuestra residencia habitual, mientras que en el caso de las personas jurídicas y entidades, hablaríamos de domicilio social.
El domicilio social sería por tanto en el caso de las personas jurídicas o sociedades mercantiles, el lugar desde el cual se dirige y administra la empresa en cuestión.
Puede tratarse también del establecimiento comercial desde el cual se lleva a cabo la actividad económica o del domicilio del propio administrador, pero es obligatorio que quede establecido en las escrituras de la empresa a la hora de constituir la sociedad a través del Registro Mercantil.
Aunque parezcan conceptos similares, la principal diferencia entre domicilio fiscal y domicilio social es que ambos se rigen por leyes diferentes: el domicilio fiscal se regula a través de la ley General Tributaria, mientras que el domicilio social depende de la ley de Sociedades de Capital.
Y aunque ambos domicilios coinciden en la mayoría de casos, esto tampoco tiene por qué ser así. Además, el domicilio fiscal sirve de referencia en lo que a las relaciones y contactos con Hacienda se refiere y no tiene que ser de conocimiento público, cosa que sí pasa con el domicilio social, que se publica en el arriba mencionado Registro Mercantil.
Lo que ambos tienen en común es que deben de ser de conocimiento tanto para la Agencia Tributaria como para la Seguridad Social para poder proveer al negocio en cuestión de su correspondiente Número de Identificación Fiscal (NIF).
De la misma forma, el padrón y el domicilio fiscal no tienen porqué coincidir a efectos legales, aunque lo normal sea que sí. Esto se debe a que nuestro domicilio fiscal, como dijimos, es la dirección de localización de cara a las notificaciones de la Agencia Tributaria, y en el caso de las personas físicas suele ser el mismo que nuestra residencia habitual debido a la Ley de Empadronamiento, que obliga a los ciudadanos a estar empadronados en el mismo municipio de residencia.
Lo que sucede en algunos casos es que, si realizamos algún tipo de actividad económica, nuestro domicilio fiscal para la Administración puede ser la dirección en la que tenga lugar esta actividad, y aquí no tiene por qué coincidir con nuestro domicilio de residencia.
Por tanto, padrón y domicilio fiscal son considerados registros independientes: el cambio de domicilio fiscal no supone un cambio en el padrón, y viceversa.
Contar con nuestro domicilio fiscal actualizado es muy importante para evitar sanciones con Hacienda. Para ello, podremos valernos del modelo 030 o hacerlo cuando toque presentar la Declaración de la Renta.
Si cuentas con certificado electrónico o sistema Cl@ve, podrás modificar tu domicilio fiscal fácilmente desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Desde esta web, solo tienes que acceder al modelo 030 de Declaración Censal, aunque también puedes descargarte este modelo, imprimirlo, y pedir cita previa para presentarlo en persona en la oficina de la Agencia Tributaria que corresponda.
Si prefieres hacerlo a través de la Declaración de la Renta, verás que te saldrá en el borrador el mismo domicilio usado en la última declaración. Si este ha cambiado, podrás modificarlo introduciendo la referencia catastral del nuevo domicilio o añadiendo el nombre de la calle y número de la vivienda en el correspondiente buscador de catastro.
Al confirmar este cambio de domicilio fiscal, se generará un PDF con el justificante de la modificación realizada y de esta sencilla forma te evitarás las probables penalizaciones con la Agencia Tributaria.