Autónomos y Pymes: El Modelo 111 sobre el IRPF

01 Febrero 2021

Como autónomo o pyme, y especialmente si tienes a trabajadores a tu cargo, es esencial que estés familiarizado con el Modelo 111 para la declaración de las retenciones del IRPF.

¿Sabes en qué casos es obligatorio presentarlo, además de cómo hacerlo correctamente y cuáles son los plazos establecidos para ello?

Entérate de todo en este artículo para poder encargarte tú mismo/a de este trámite y evita sanciones con Hacienda.

¿Qué es el Modelo 111?

El Modelo 111 es un documento que permite declarar el IRPF retenido de forma trimestral. Lo que estamos haciendo mediante este trámite es informar a la Agencia Tributaria de las cantidades que hemos retirado, en concepto de IRPF, de las nóminas de nuestros trabajadores, así como de facturas y otro tipo de operaciones.

Pero con este trámite no solo haremos una declaración, sino que también tendremos que pagar a Hacienda de forma anticipada estas cantidades retenidas: al igual que sucedía con el Modelo 202 del Impuesto sobre Sociedades, con el Modelo 111 estaremos haciendo un pago a cuenta, adelantando este tributo de forma fraccionada.

¿Quién debe presentar el Modelo 111?

El Modelo 111 del IRPF es de obligada presentación para los trabajadores autónomos y pymes en alguna de las siguientes situaciones:

Si nos encontramos en alguno de estos casos, antes de presentar el Modelo 111 tendremos que notificar a Hacienda nuestra obligación de realizar este trámite, mediante el alta censal que se tramita con el Modelo 036 o 037.

¿Hay que presentar el Modelo 111 si no hay retenciones?

Podríamos pensar que, puesto que el Modelo 111 está destinado a la declaración de retenciones hechas durante el trimestre anterior, no existe obligación de presentarlo en caso de no haber retenciones de ningún tipo.

No obstante, es importante saber que siempre que tengamos a trabajadores contratados estaremos obligados a realizar este trámite, aunque no hayamos realizado retenciones en sus nóminas. Esto se debe a que Hacienda saca la información relativa a las retribuciones de los trabajadores asalariados de este Modelo 111 y debe contar con datos fiscales al respecto. 

Por tanto, si contamos con trabajadores y no presentamos esta documentación, Hacienda no podrá extraer datos sobre sus salarios y el dinero que hayan podido recibir, y lo que es peor: podremos ser sancionarnos por ello. En concreto, la infracción por no presentar este trámite dentro del plazo establecido se encuentra entre los 200 y los 400 euros. 

Si tienes dudas acerca de este trámite y quieres dejarlo en manos de profesionales para ahorrarte este tipo de multas, recuerda que siempre puedes contar con la ayuda de una gestoría o asesoría online que se encargue de todo. 

¿Cuándo hay que presentar el Modelo 111?

Como adelantábamos, el Modelo 111 se presenta de forma trimestral. En cada Modelo declararemos el resultado del trimestre anterior en los siguientes 20 días naturales a la finalización del mismo, teniendo en cuenta que si el último día de plazo cae en fin de semana o festivo, tendremos hasta el siguiente día hábil para realizar este trámite.

De esta forma, los plazos exactos de presentación de este Modelo serían los siguientes:

Como autónomos podremos presentar este Modelo 111 de forma presencial o por vía telemática. En este último caso debemos disponer de firma o certificado electrónico y seguir los pasos que se nos indican desde la web de la Agencia Tributaria (AEAT). 

En caso de pertenecer a una pyme, solo podrás realizar este trámite de forma telemática, por lo que será condición indispensable que dispongas ya de certificado electrónico.

Cómo rellenar el Modelo 111

Declarante

Al igual que el resto de Modelos, el Modelo 111 cuenta con una primera sección identificativa donde debemos añadir nuestros datos como declarante (NIF, Nombre o Razón Social) además de el período y ejercicio al que corresponde nuestra declaración. 

Liquidación

En esta sección irán los distintos tipos de rendimientos:

También debemos cumplimentar la casilla correspondiente a la suma de retenciones, para saber así el importe total a ingresar. Aquí podremos indicar si queremos deducir el importe de alguna declaración para el mismo período ya presentada con errores.

Ingreso

Aquí sabremos en base al resultado de la declaración si nos toca a pagar o a devolver. 

En caso de que toque a pagar, tendremos que elegir la forma de pago (en efectivo o solicitando que nos lo adeuden en nuestra cuenta bancaria). En caso de que nuestra declaración dé un resultado negativo, marcaremos la casilla correspondiente (“Declaración Negativa”).