A la hora de arrancar un negocio, muchos emprendedores optan por asociarse con el fin de repartir los gastos de inversión de su proyecto.
Las sociedades civiles, en concreto, son un tipo de colaboración muy frecuente.
Su formación es relativamente sencilla y no se necesita un capital mínimo de inversión inicial, pero como en cualquier tipo de asociación, también tienen inconvenientes que debemos conocer antes de dar el paso.
En Autonomos Tech te contamos todo lo que debes saber si estás pensando en formar una sociedad civil. Además, ponemos a tu disposición a nuestros asesores, que te ayudarán a tomar las mejores decisiones según tu caso.
Tabla de contenidos
Una sociedad o asociación civil consiste, a grandes rasgos, en la colaboración de dos o más personas para realizar una actividad con fines lucrativos.
Para formar una sociedad civil es necesario, además de firmar un contrato entre las partes involucradas, cumplir con una serie de características obligatorias. Estas condiciones determinan desde el número de miembros necesarios para formar la asociación como los motivos de disolución y extinción de la misma.
Te las resumimos a continuación.
A la hora de decantarnos por la formación de una sociedad civil, debemos tener en cuenta las principales ventajas e inconvenientes de este tipo de sociedad frente a otro tipo de organizaciones, para así determinar que sea lo más beneficioso según nuestra situación.
Para poder formar una sociedad civil es necesario realizar una serie de pasos que, aunque sencillos, requieren presentar cierta documentación en distintas entidades.
Además de saber cumplimentar los Modelos de solicitud pertinentes, también es necesario respetar los plazos de presentación, por lo que muchos profesionales prefieren confiar estos trámites en un gestor con años de experiencia.
En todo caso, los pasos principales a seguir para la formación de una sociedad civil son los siguientes:
El primer paso será siempre la firma de un contrato entre las partes que van a formar la sociedad civil.
En él se especificarán todos los detalles de la sociedad: quiénes la formarán, el porcentaje de participación y las aportaciones que hará cada miembro, el tipo de actividad que se desarrollará, o incluso los posibles motivos de disolución y liquidación de la misma.
Para realizar el pago de este impuesto tenemos que presentar el Modelo 600 en Hacienda, además de aportar el 1% del patrimonio que haya puesto cada miembro a la sociedad. Esta cantidad irá especificada en nuestro contrato.
Tendremos un plazo de 30 días hábiles para presentar este Modelo 600 en la Agencia Tributaria.
Presentando el Modelo 036 tendremos que dar de alta la sociedad civil formada en Hacienda, para así obtener nuestro CIF (Código de Identificación Fiscal) provisional (así podremos empezar a desarrollar nuestra actividad, y al cabo de unos 6 meses se nos dará el definitivo)
También dispondremos de 30 días hábiles para solicitar este alta, a partir de la fecha de firma del contrato de sociedad.
A través del Modelo 037 tenemos que solicitar el alta como autónomos de los miembros de esta nueva sociedad en la Seguridad Social.
Al igual que cuando nos damos de alta como autónomos, este trámite debe realizarse antes del inicio de nuestra actividad profesional, pero no más de 60 días antes.
En caso de necesitar una licencia de apertura de local, o de que tengamos que hacer obras o ampliaciones para poder llevar a cabo nuestro negocio, tendremos que solicitar los permisos pertinentes en nuestro ayuntamiento.
También debemos notificar cambios de titularidad del negocio o posibles cambios de actividad (siempre que se trate de cambios entre actividades inocuas: las que no se consideran peligrosas, nocivas o molestas).
Si después de ver las características principales de una sociedad civil crees que esta puede ser la mejor forma de emprender, cuenta con nosotros para ayudarte en este proceso.
Tendrás a un asesor personal a tu alcance siempre que lo requieras, para aconsejarte y realizar todos los trámites por ti.