Autónomo Colaborador: características, requisitos y bonificaciones

06 Septiembre 2021

Así como existen distintos tipos de sociedades mercantiles, existen distintos tipos de trabajador autónomo a la hora de llevar a cabo cualquier tipo de actividad económica.

Después de hablarte sobre el autónomo societario, hoy queremos explicarte las características del autónomo colaborador, los requisitos necesarios para darse de alta como tal, sus obligaciones y las bonificaciones disponibles para este tipo de trabajadores.

¿Qué es un autónomo colaborador?

Entendemos por autónomo colaborador a aquel trabajador que es familiar directo del autónomo principal, y que, como su propio nombre indica, colabora con él en su actividad profesional.

La figura del autónomo colaborador es muy frecuente, puesto que el contratar a alguien cercano a nosotros nos asegura el apoyo de alguien de confianza y que conoce de primera mano cada uno de los detalles de nuestro negocio. Pero para poder ser autónomo colaborador es necesario cumplir con una serie de requisitos, puesto que sus características son distintas a las del profesional autónomo como lo conocemos de forma general.

Vamos a ver cuáles son estos requisitos indispensables para poder darse de alta como autónomo colaborador.

¿Qué requisitos son necesarios para poder ser autónomo colaborador?

Al igual que para ser autónomo como tal dentro del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), para poder darse de alta como autónomo colaborador es necesario cumplir con una serie de requisitos y particularidades:

Es importante también que, en el caso de que el autónomo colaborador sea pareja de hecho del autónomo titular, se demuestre una convivencia de unos 5 años como mínimo en el mismo domicilio para que pueda considerarse familiar por afinidad.

¿Cómo damos de alta un autónomo colaborador?

A diferencia del alta de un autónomo común, este trámite es mucho más sencillo en el caso de los autónomos colaboradores, principalmente porque no es necesario darse de alta en la Agencia Tributaria.

Solo será necesario darse de alta en la Seguridad Social como familiar colaborador, presentando el Modelo TA0521/2 que nos permite realizar este alta, la baja o la variación de datos en este régimen especial. Para ello, y para demostrar la relación con el autónomo principal, será necesario presentar también:

Esto implica que las obligaciones que tiene un autónomo colaborador son distintas a las de un trabajador autónomo normal, puesto que estaría dado de alta dentro del Régimen Especial de la Seguridad Social, pero no en Hacienda: para esta entidad figurarían como trabajadores contratados por cuenta ajena.

Vamos a ver cuáles son por tanto las obligaciones de los autónomos colaboradores, así como las de los autónomos titulares con respecto a ellos.

Obligaciones del autónomo colaborador y del autónomo principal

Al no estar dado de alta en Hacienda, el autónomo colaborador no tiene las mismas responsabilidades fiscales que un autónomo normal, como pueden ser la presentación anual obligada del modelo 390 del IVA o del equivalente para el IRPF.

En realidad solo tendría que rendir cuentas con la Agencia Tributaria como cualquier otro trabajador por cuenta ajena, lo que se traduce en presentar la declaración de la renta de forma anual, donde deben reflejarse sus ingresos como rendimiento del trabajo realizado.

La situación del autónomo principal de cara al colaborador por otra parte, serían las mismas que tendría en caso de contratar a un trabajador asalariado. De esta forma, el autónomo titular debe:

Y como te habíamos comentado en este post, el sueldo pagado al autónomo colaborador se considera gasto deducible, por lo que se podrá descontar el IRPF para ahorrar en la declaración.

Pero no solo podremos deducir gastos en caso de contratar a algún familiar como autónomo colaborador: existen más bonificaciones que podremos solicitar en este supuesto.

Bonificaciones para autónomos colaboradores

Existen otro tipo de ayudas tanto para los autónomos colaboradores como para los autónomos titulares que contratan a sus familiares para trabajar en su negocio.

En el caso de los autónomos colaboradores, las bonificaciones principales son las siguientes:

De la misma forma, los autónomos titulares que contraten a un autónomo colaborador tendrán como bonificación el 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses si la contratación del mismo es indefinida. Como condición, el autónomo colaborador no puede haber sido contratado del mismo modo en los 5 años anteriores.